Al establecer un acuerdo de asociación con Villapolis, éste queda reflejado en el contrato de intermediación. Dicho contrato está redactado de acuerdo con las normas estipuladas por el Instituto de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria Profesionales (
Página web del IPI) y por la legislatura relevante.
¿Cuáles son los puntos principales de este contrato?
- Villapolis se compromete a realizar su labor de manera debida y esmerada.
- El contrato posee una duración de 12 meses, si bien puede ser terminado en cualquier momento por cualquier razón sin cargo alguno.
Por ejemplo: Si el cliente no está satisfecho, puede poner fin inmediatamente a la colaboración. - El contrato de intermediación no es exclusivo. Esto significa que, aunque colabores con Villapolis, puedes seguir alquilando tu propiedad o asociarte con terceras partes. Por ello ofrecemos un canal adicional para alquilar tu propiedad sin imponer ninguna restricción.
- Cobramos aplicando la ecuación «Si no hay cura, no hay paga». Nuestra tasa es una comisión o una tasa fija por reserva.
- En tanto que propietario o gestor de la propiedad, tú te comprometes a proporcionarnos información precisa acerca de tus propiedades alquiladas.